Al momento de solicitar la adhesión al Plan de Facilidades de pago a través de la página de rentas tienen que tener cumplimiento las obligaciones que vencieron a partir del 1 de junio hasta el mes de octubre que estamos transcurriendo.
Sigue.
Felipe Carrizo, referente del Departamento Técnico Tributario de Rentas, sostuvo que “las obligaciones que vencieron al 31 de mayo de este año pueden regularizar a partir de este mes, incluido los intereses, recargos y multas”.
Carrizo añadió que el beneficio “está teniendo buena aceptación y acogimiento” por parte de los contribuyentes y aclaró que también pueden acogerse “todos los que hayan contraído deudas por acción de fiscalización de Rentas y aquel contribuyente que por mora o demora en la regularización entró en una instancia administrativa de cobro”, detalló.
Canales de comunicación
Por último, expresó que el trámite se puede gestionar por internet, pero "están abiertos todos los canales de comunicación para que el cliente reciba asesoramiento" además de que los pagos se pueden abonar también por el sitio web de la DGR.
Los tributos en cuestión son: Ingresos Brutos, Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, Automotores, Cisi, Comuna Rural, Tasa de uso especial del agua y Tasa retributiva de servicios.
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