El Tribunal Oral en lo Criminal Federal elevó a la Cámara Nacional de Casación Penal los 39 cuerpos del expediente que fue abierto como consecuencia del juicio oral contra los represores Antonio Bussi y Luciano Benjamín Menéndez por la desaparición del ex senador Guillermo Vargas Aignasse, en 1976.
Los vocales Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y Josefina Curi concretaron la elevación luego de haber concluido que cumplían los requisitos formales de admisibilidad los recursos deducidos por los defensores de Bussi (Amalina Assaf) y de Menéndez (Horacio Guerineau), y por el fiscal general Alfredo Terraf contra la decisión adoptada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal el 28 de agosto.
Como consecuencia, ahora la Cámara Nacional de Casación Penal, con sede en Buenos Aires, revisará la histórica sentencia pronunciada por la que ambos imputados fueron condenados a prisión perpetua y que fue el corolario del primer juicio oral por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar en Tucumán.
El traslado a la Capital Federal de los numerosos cuerpos del expediente fue concretado por vía terrestre por personal de la Policía Federal, según confirmaron hoy a Télam fuentes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
El fiscal Terraf recurrió el hecho de que, aparte de haber condenado a los militares retirados a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad, el Tribunal Oral difirió para cuando la sentencia esté firme la determinación de la forma en que debe ser cumplida la pena impuesta.
Como consecuencia, Bussi continúa con prisión preventiva bajo la forma de la detención domiciliaria en un country, mientras que Menéndez está alojado en el cárcel de Bower (Córdoba), porque el Tribunal Oral de esa provincia le revocó la detención domiciliaria cuando lo condenó -por otra causa- a prisión perpetua.
En la sentencia, los magistrados también recalcaron que, a diferencia de lo que durante las audiencias sostuvieron Bussi y Menéndez, en los años 70, "no existía una guerra en la Argentina, sino un aparato estatal montado para ejercer el terrorismo".
"Ha quedado fehacientemente probado que los delitos cometidos contra Vargas Aignasse (violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad, torturas, asociación ilícita) fueron perpetrados en el marco de un ataque generalizado y sistemático, llevado desde el aparato estatal contra la población civil", subrayaron los miembros del tribunal.
Casas, Jiménez Montilla y Curi insistieron en que "la sistematicidad y la generalidad en la práctica de la desaparición forzada de personas caracterizan a la lesa humanidad" y agregaron que cuando sucedieron los hechos "existía un ordenamiento normativo imperativo que reprimía los delitos de lesa humanidad".
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