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El tigre Acosta recibió la primera sentencia por delitos sexuales
Camara fotoAMPLIAREl tigre Acosta recibió la primera sentencia por delitos sexuales
05/11/2023 - Lesa humanidad

Piden a la Corte que acelere las causas por delitos sexuales en la dictadura

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó esta semana 36 sentencias en las que tipificó estos hechos como de lesa humanidad, imprescriptibles en un mensaje a la Corte Suprema de Justicia de acortar los plazos.

Funcionarios, representantes de organismos de derechos humanos e investigadores destacaron la lucha de las víctimas de abusos sexuales y violaciones sufridas durante la última dictadura, y desearon que la ratificación de 36 sentencias que la Cámara Federal de Casación Penal publicó la última semana, en las que tipificó estos hechos como de lesa humanidad, imprescriptibles y parte de un plan sistemático, sea entendida por la Corte Suprema de Justicia como un "mensaje" para acelerar los procesos en tal sentido.

El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, dijo a Télam que el dictamen de la Cámara busca "reforzar lo que los querellantes y las víctimas vienen tratando de mostrar desde hace décadas en cada juicio: que los abusos sexuales y las violaciones son delitos separados de las torturas y formaban parte de un plan sistemático".

Además, agregó que es "muy importante que se visibilice" esta cuestión "en un contexto donde algunos quieren relativizar lo que sucedió en la dictadura diciendo que hubo excesos", dijo en referencia a las afirmaciones hechas durante la campaña electoral por el candidato a presidente de La Libertad Avanza (LLA), Javier Milei.

"Esto demuestra que no hubo ningún exceso, sino que hubo un plan donde parte de la vejación de lo que han sufrido los detenidos desaparecidos tenía que ver también con una condición patriarcal y perversa, porque no sólo mujeres sufrieron esto sino también varones, y lo sabemos", remarcó Pietragalla Corti, y sumó fue fueron "delitos horrendos que hay que seguir visibilizando para que nunca más los vivamos como sociedad".

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó, por medio de 36 sentencias firmadas en los últimos años, que los delitos de violencia sexual cometidos por represores durante la última dictadura cívico militar son de lesa humanidad, imprescriptibles e integraron un plan sistemático de ataque contra la población civil.

Lo hizo en un compilado de jurisprudencia en el que ratificó el "criterio unánime" a la hora de incluir a la "violencia y/o abuso sexual" como parte del plan sistemático de la última dictadura cívico miliar.

La publicación "Género y violencia sexual en la Jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal sobre crímenes de lesa humanidad" repasó los principales tramos de las sentencias referidas a estos delitos, emitidas en la etapa de revisión de  

El abogado Pablo Llonto dijo a Télam que para quienes llevan "casi 40 años con estas causas y la obligatoria mirada atrás lleva tiempos de reflexiones. Un trabajo como éste nos parece una demostración más de los tantos aspectos en los que la Argentina fue marcando camino", expresó.

"No solo se trata de un reconocimiento de delitos que durante muchísimos años fueron invisibilizados, sino de la confirmación de que también en este punto la lucha de las víctimas, de las sobrevivientes, de los testigos y de los organismos y de quienes desde un primer momento no silenciamos estos delitos, fue una lucha que valió la pena", apuntó.

No obstante, Llonto opinó que "todavía queda muchísimo para juzgar. Calculo que un 60 por ciento de lo ocurrido no ha sido juzgado", deslizó.

"Esperamos que todas estas violencias sexuales, los abusos, las violaciones, lo que hicieron con los niños, los embarazos forzados, todo forme parte de las miles de sentencias que aún estamos esperando en la Argentina", afirmó.

En este punto, deseó que "la ratificación de la Cámara sea también un mensaje para la Corte Suprema. Decirles a los jueces: ´Ustedes pueden tomar medidas para acelerar los juicios para que estos delitos y otros, no queden silenciados´".

En tanto, la vicepresidenta de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), María Elena Naddeo, dijo a esta agencia que la ratificación de la Cámara "es un avance" en una lucha "de décadas de los organismos".

La dirigente recordó que "recién en 2010 distintos tribunales y juzgados federales comenzaron a reconocer los delitos de violación y abuso sexual como crímenes independientes de la figura de la tortura o de lesiones" y señaló que de alguna forma "entra así la cuestión de género en agenda".

Además, Naddeo pidió "no olvidar" que también "hubo delitos de este tipo cometidos en contra de varones y de integrantes del colectivo LGBT, a los que los represores maltrataban muy especialmente".

"Entre los pasos que dio la justicia para avanzar en esta cuestión hubo fallos importantes al principio en la ciudad de Mar del Plata, también en Buenos Aires y Rosario", reseñó.

Para Naddeo, la publicación judicial "reconoce, además, a la persona en su género y valoriza la vulnerabilidad de las mujeres".

"Pone en evidencia que la violencia sexual es parte de los crímenes más atroces y aborda un tema tabú que durante décadas fue muy estigmatizante, al punto de que los mismos tribunales trataban de no abordar. Implica sincerar esta atrocidad", aseveró.

Desde el CELS, Delfina Lladó, integrante del equipo de Memoria, Verdad y Justicia, dijo a Télam que "siempre" insistió "en la importancia de que se visibilicen esos delitos" y que sean condenados "desde una perspectiva de género".

"Actuamos como parte querellante en la causa conocida como ´ESMA unificada´ donde muchas mujeres relataron la violencia sexual a la que eran sometidas ellas y sus compañeras desaparecidas", recordó en referencia al juicio que finalizó en mayo último año con la revisión, por parte de la Sala II de Casación Penal, del fallo emitido por el Tribunal Oral Federal 5, que juzgó por primera vez la violencia sexual en la ESMA y condenó al ex jefe de Inteligencia Jorge "Tigre" Acosta por los abusos sexuales que sufrió Graciela García Romero, secuestrada en ese centro clandestino.

En tanto, la lucha por que estos delitos sean considerados parte de un plan sistemático y en forma independiente de la tipificación de torturas quedó plasmada también desde lo artístico en 2013 en el documental "Campo de batalla, cuerpo de mujer", basado en testimonios de las víctimas, producido por la investigadora del Conicet Victoria Álvarez y dirigido por el cineasta Fernando Álvarez.

"Hoy tenemos 36 sentencias y 154 condenados por estos delitos, pero hay que destacar que las mujeres, incluso en dictadura, denunciaron siempre estos hechos. El problema era que no había lo que se denomina ámbitos sociales de escucha", planteó Victoria Álvarez.

En ese sentido, citó como ejemplo en el Juicio a las Juntas no hubo "ni respuesta ni acompañamiento cuando se escuchaba un testimonio de ese tipo".

"En los últimos años cambiaron, justamente, esos marcos sociales de escucha, lo que permitió comenzar a pensar estos delitos en su especificidad", explicó la investigadora del Conicet.

Esas modificaciones fueron consecuencia de "la reapertura de los juicios, la separación de los delitos y el activismo feminista. Desde allí se empezó a pensar en los derechos de las mujeres como derechos humanos", agregó.

En la década del 90, a partir de los casos reportados en los conflictos en la ex Yugoslavia y Ruanda, la ONU comenzó a discutir el delito de violencia sexual en un contexto de dictadura como un delito de lesa humanidad y de forma sistemática, recordó Álvarez.

A partir de eso, "cuando se reabrieron los juicios" en la Argentina "se volvió a insistir en las denuncias pese a que no había interés de parte de los jueces en separar estos delitos, o pedían más pruebas".

"Con el pasar del tiempo se fue logrando en algunos juicios que esto se condenara. La primera fue en 2010 en Mar del Plata y cuando terminamos la película, en 2013, había solo tres. Hoy hay 154", enumeró.

Álvarez recordó también que en 2011 el Ministerio Público Fiscal emitió un documento en el cual indicó a los operadores judiciales que la violencia sexual en un contexto de dictadura y detención ilegal tenía que ser considerada parte de un plan sistemático. "Eso, por supuesto, ayudó mucho", destacó.

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó, por medio de 36 sentencias, que los delitos de violencia sexual cometidos por represores durante la última dictadura cívico militar son de lesa humanidad, imprescriptibles e integraron un plan sistemático de ataque contra la población civil.

En un compilado de jurisprudencia publicado días atrás, el máximo tribunal penal federal del país sostuvo un "criterio unánime" a la hora de incluir a la "violencia y/o abuso sexual" como parte del plan sistemático implementado por la última dictadura cívico miliar.

La publicación "Género y violencia sexual en la Jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal sobre crímenes de lesa humanidad" repasa los principales tramos de las sentencias referidas a estos delitos que fueron emitidas en la etapa de revisión de veredictos de tribunales orales de todo el país.

El compilado de fallos "refleja el criterio unánime del tribunal respecto de la inclusión de la violencia y/o abuso sexual como parte del plan sistemático de ataque contra la población civil que caracteriza a los crímenes de lesa humanidad", destacó la publicación.

Al respecto, el tribunal aludió en las sentencias a los delitos contra la integridad sexual, entre los cuales incluyó la "violencia reproductiva", el "embarazo forzado" y la "victimización de niños".

Las sentencias abordan "los problemas vinculados a la autoría y la participación en estos hechos, como también la autonomía de los delitos contra la integridad sexual respecto de la tortura u otras conductas punibles", agregó el tribunal.

La compilación, indicó, "refleja la riqueza de las discusiones jurídicas vinculadas, en definitiva, con el deber del Estado de investigar y juzgar los crímenes de lesa humanidad y la violencia de género".

En 152 carillas se reprodujeron los párrafos principales de 36 sentencias dictadas por delitos de lesa humanidad que llegaron a la instancia de apelación en Casación tras veredictos en juicios orales de todo el país.

La lectura de las sentencias "refleja el criterio unánime del tribunal respecto de la inclusión de la violencia y/o abuso sexual como parte del plan sistemático de ataque contra la población civil que caracteriza a los crímenes de lesa humanidad", sostuvo el prólogo.

"La Cámara ha destacado el reconocimiento de la violencia sexual como crimen internacional y estableció que la frecuencia de esta clase de violencias y el amplio poder de discrecionalidad" permitió "a los ejecutores directos cometer estos delitos con total impunidad y sin impedimento alguno", resaltó el trabajo.

En ese sentido, advirtió la misión de destacar el valor de los testimonios de las víctimas de violencia sexual "con perspectiva de género y la necesidad de evitar la revictimización".

Fue "a partir del reconocimiento de la violencia sexual como crimen de lesa humanidad" que hubo condenas a superiores jerárquicos de quienes cometieron "directamente las violaciones, abusos sexuales (otrora denominados "abuso deshonesto") y otros ataques contra la integridad sexual como autores mediatos de tales ilícitos, en atención a la responsabilidad funcional que les correspondía".

Otros tribunales "consideraron -explícita o implícitamente- que la violencia sexual era una forma más de tortura, por lo que desplazaban la aplicación de los delitos contra la integridad sexual y los subsumían como parte de los tormentos".

Las sentencias revelan que era habitual que se sometiera a las mujeres a desnudez forzada, humillaciones sexualizadas, vejámenes en sus genitales o en los pechos, tocamientos y violaciones.

La repetición sistemática de estas prácticas, dirigidas mayoritariamente contra las mujeres, evidencia "el componente de género que tiene especial relevancia jurídica", por lo que "reconocen y visibilizan esas formas concretas de violencia que sufrieron las mujeres por su condición de tales" tras ser secuestradas y trasladadas a centros clandestinos de detención.

La atribución de responsabilidad funcional "reconoce que esa forma específica de causar dolor y dañar a las mujeres era un instrumento más para disciplinarlas no solamente en la esfera política, sino también en sus roles de género".

"La jurisprudencia hoy unánime de la Cámara refleja que esta forma de violencia de género merece la aplicación de las normas vigentes y no puede ser minimizada o invisibilizada como si fueran conflictos privados o ajenos al plan sistemático", concluyó el informe cuya publicación fue aprobada por el Tribunal de Superintendencia de Casación, que integran los jueces Mariano Borinsky (presidente), Daniel Petrone, Guillermo Yacobucci, Javier Carbajo y Gustavo Hornos.


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