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El texto se tramita en diputados
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24/09/2023 - Salida

Justicia brasileña pide archivar proyecto que prohíbe matrimonio entre personas del mismo sexo

La Procuraduría Federal de los Derechos del Ciudadano (PFDC), dependiente del Ministerio Público Federal (MPF), pidió el rechazo y archivo del proyecto de ley que busca prohibir las uniones civiles entre personas del mismo sexo en Brasil. Según la fiscalía, además de ser inconstitucional, la propuesta viola principios internacionales y representa un retroceso respecto de los derechos y garantías fundamentales de las personas LGBTQIA+.

Sigue.

El texto se encuentra en trámite en la Cámara de Diputados. En una nota pública enviada a la Cámara el viernes pasado, la fiscalía evalúa que negar la posibilidad de uniones civiles entre personas del mismo sexo significa decir que los homosexuales tendrían menos derechos que los heterosexuales, "creando una jerarquía de seres humanos basada en la orientación sexual". " .

Para la fiscalía, este entendimiento sería contrario a preceptos constitucionales, como la dignidad del ser humano y la prohibición de cualquier forma de discriminación. “Esta idea choca frontalmente con la esencia de la Constitución de la República Federativa de Brasil, que busca estructurar una nación en la que la convivencia entre diferentes pueblos sea pacífica y armoniosa”, dice la nota.

“Una posible aprobación de este proyecto no significa sólo que el Estado asuma que existe un modelo correcto de matrimonio y que ese modelo sería heterosexual. Significa también que el Estado reconozca a las personas no heteronormativas como ciudadanos y ciudadanos de segunda, que no pueden ejercer todos sus derechos, debido a su orientación sexual”, destacó la fiscalía.

La Procuraduría Federal de los Derechos del Ciudadano citó datos del IBGE que indican que, sólo en 2021, 9,2 mil parejas del mismo sexo formalizaron su unión estable en una oficina de registro. Si el proyecto se convierte en ley, el organismo MPF advierte que las nuevas uniones quedarán prohibidas o no tendrán los efectos jurídicos deseados, “creando un desequilibrio evidente e injustificado entre personas homosexuales y heterosexuales”.

Además, según la nota, la unión civil es un acto voluntario y privado, “cuya esencia es establecer una sociedad entre dos personas para una vida en común”. “En este sentido, no importa la orientación sexual de quienes se unen, y esto no concierne a toda la comunidad, en un Estado democrático que garantiza las libertades fundamentales, especialmente las de los individuos”, afirma.

En opinión del fiscal, el proyecto pretende restringir el derecho de elección de los individuos, en una situación que remite eminentemente al ámbito privado.

La votación del Proyecto de Ley 5.167/2009 estaba en el orden del día del día 19 en la Comisión de Seguridad Social, Asistencia Social, Niñez, Adolescencia y Familia de la Cámara de Diputados, pero fue pospuesta para el próximo miércoles (27) Según el acuerdo entre los dirigentes de los partidos, antes de someter el texto a votación, la comisión celebrará una audiencia pública el martes (26) para debatir el tema.

Histórico

En 2011, el Supremo Tribunal Federal (STF) equiparó las relaciones entre personas del mismo sexo con uniones estables entre hombres y mujeres, reconociendo así las uniones entre personas del mismo sexo como un núcleo familiar. La decisión se tomó en la sentencia de Acción Directa de Inconstitucionalidad 4277 y Demanda de Incumplimiento de Precepto Fundamental 132.

Además, el STF entendió que no existe en la Constitución un concepto cerrado o reduccionista de familia, ni ninguna formalidad requerida para que sea considerada como tal. En 2013, el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) ordenó a todas las oficinas de registro del país realizar matrimonios entre personas del mismo sexo.

“La decisión del STF buscó garantizar la igualdad de trato entre parejas heterosexuales y del mismo sexo. Permitió a los cónyuges homosexuales establecer una unión civil mediante un contrato reconocido por el Estado, garantizándoles derechos como herencia, participación en planes de salud, derechos de seguridad social y otros, ya reconocidos para los cónyuges heterosexuales”, explicó la fiscalía.

El texto en discusión en la Cámara de Diputados, informado por el diputado Pastor Eurico (PL-PE) , pretende incluir en el artículo 1.521 del Código Civil el siguiente extracto: “En términos constitucionales, ninguna relación entre personas del mismo sexo puede ser equivalente al matrimonio o entidad familiar”. Actualmente, el artículo 1.521 enumera los casos en los que no se permite el matrimonio, como en los casos de unión entre padres e hijos o entre personas ya casadas.

En la justificación, el ponente afirma que el matrimonio “representa una realidad objetiva y atemporal, que tiene como punto de partida y finalidad la procreación, que excluye las uniones entre personas del mismo sexo”.

Para la fiscalía, el PL relativiza la laicidad del Estado brasileño, al basarse en argumentos basados ​​en una visión cristiana del matrimonio, visto como una institución destinada a generar descendencia. “La imposición de un sesgo religioso general a elecciones particulares nos lleva hacia una teocracia o un totalitarismo, retrocediendo algunos siglos en el tiempo”, afirma el documento.

Para el diputado Pastor Eurico, al validar las uniones entre personas del mismo sexo, el STF habría usurpado la competencia del Congreso Nacional para regular la cuestión. La Fiscalía también refutó el argumento, evaluando que la Corte Suprema ejerció su competencia interpretativa de la ley, al entender que la mención de hombres y mujeres en la Constitución de 1988 surgió de la necesidad de aclarar el nivel de igualdad de derechos entre los fiestas a la pareja.

De ser aprobado por la Comisión de Seguridad Social, Asistencia Social, Niñez, Adolescencia y Familia, el proyecto pasará a la Comisión de Constitución y Justicia (CCJ), de manera concluyente. Es decir, no necesitaría pasar al pleno en caso de nueva aprobación, pasando directamente al Senado para su consideración. Sólo pasaría al pleno si al menos 52 diputados firmaban un recurso en ese sentido.

El ambiente en la CCJ, sin embargo, es menos favorable que en la comisión anterior, presidida por Rui Falcão (PT-SP), de base gubernamental y opuesto al proyecto. Y a él le corresponde decidir qué proyectos están en la agenda de la CCJ. 


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